Maternidad subrogada, dudas sobre el vientre de alquiler



La maternidad subrogada, más conocida como vientre de alquiler, es una técnica de reproducción asistida en la que una mujer gesta un embrión para una o dos personas con las que normalmente no tiene ningún vínculo genético y que serán legalmente los padres del niño. Puede que se trate de los progenitores biológicos, si los gametos son suyos, o no, en caso de que óvulo, espermatozoides o ambos procedan de una donación.

Antes de nada hay que dejar claro que la maternidad subrogada o gestación por sustitución es ilegal en España, pero la ley pero permite que si un país emite una sentencia que asegure que los miembros de la pareja son los padres de los niños se pueda realizar el registro en España de esa manera. A pesar de ello, el año pasado 1.400 parejas españolas fueron padres a través de esta práctica, según las agencias de gestación subrogada que operan en España.

Detrás de la maternidad subrogada se encuentran distintas dificultades para concebir:
  • Infertilidad femenina debida a problemas uterinos (endometriosis, síndrome de Rokitansky-Küster-Hauser, síndrome de Asherman…) o de otra clase (problemas cardíacos, inmunológicos…). Aquí entrarían todas las mujeres que carecen de útero o que no tienen capacidad para gestar.
  • Infertilidad masculina.
  • Incompatibilidad genética mutua.
  • Hombres solos o parejas homosexuales masculinas. Aquí hay una gran debate abierto, ya que en la mayoría de los países en los que la legislación es más restrictiva la normativa sobre nacimientos determina que el niño “será hijo de la mujer que da a luz”.
En la actualidad existen 57 países en los que está legalmente permitida la maternidad subrogada; es decir, que a mujeres con capacidad para gestar le sean transferidos embriones de terceros con el fin de que puedan ser padres.

Al margen de los objetivos de la madre gestacional -y si hay una motivación económica o se trata de un acto totalmente altruista- existen diferentes tipos de maternidad subrogada dependiendo de quién aporte el óvulo y el espermatozoide:

  • Maternidad tradicional: La madre no sólo aporta el útero en el que se gestará el embarazo sino que también dona el óvulo. Por su parte, el espermatozoide puede provenir o bien de un donante o del padre que solicita la subrogación. La fecundación se lleva a cabo mediante inseminación artificial o fecundación in vitro.
  • Maternidad gestacional: En este caso tanto el óvulo como el espermatozoide pertenecen a la pareja que solicita la subrogación o bien a otros donantes, con lo que la mujer gestante no tiene ningún tipo de relación genética con el bebé. En este caso la técnica de reproducción asistida que se utiliza es la fecundación in vitro.

Entre la legalidad y el vacío legal

La gestación por subrogación se encuentra con legislaciones totalmente distintas según la parte del mundo de la que se trate. Y eso ha hecho aumentar la polémica respecto a si se trata de un procedimiento al que se someten las mujeres libremente o si se ha convertido en una nueva forma de explotación, dadas las altas cifras de vientres de alquiler, por ejemplo, en la India, donde ellas pueden conseguir unos ingresos que difícilmente podrían obtener de otra forma y los occidentales logran una paternidad muy barata comparada con otros puntos del mapa.

La maternidad subrogada es legal en varios estados estadounidenses, como California, Texas, Arkansas, Florida, Wisconsin, Massachusetts o Vermont, aunque existen otros en los que está permitida pero sólo de forma altruista y algunos más en los que no hay regulación legal pero se realiza. Alrededor del mundo, otros países en los que es legal son Rusia, Bielorrusia o Ucrania, en Europa; la India, en Asia; o Sudáfrica en el continente africano.

Esta diferencia de regulación provoca bastantes problemas. Hace unos meses, en el estado mexicano de Tabasco -el único de ese país en el que es legal la maternidad subrogada- se dio un caso muy famoso cuando una pareja gay española que había conseguido la paternidad mediante gestación por subrogación no recibía los pasaportes para poder salir del país si no registraba al niño con el nombre de la madre.

En los estados de EEUU que la permiten el procedimiento es más sencillo, pero también mucho más caro. Hay estudios que afirman que llevar a cabo el proceso allí varía entre los 113.000 y los 226.000 euros (frente a los 60.000 que ronda el procedimiento en México o los 12.000 que puede costar en India).

La normativa legal que se tiene en cuenta es la del lugar donde vive la madre gestacional y donde nacerá el bebé. En caso de que la legalidad lo permita, hay que firmar previamente el contrato de subrogación, un acuerdo escrito entre la madre gestacional y los padres biológicos que permite inscribir a estos como progenitores en el certificado de nacimiento del bebé y les otorga todos los derechos legales sobre el niño desde el momento del nacimiento.

Esa sería la situación ideal, pero si la legislación vigente en el país o estado no lo permite la única opción es inscribir al niño como hijo biológico de la madre gestante y que a las 72 horas comience el proceso de adopción, una opción que no se plantean muchas parejas que quieren ver reconocido su derecho como padres biológicos.

Fuente: La Cigüeña

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